Por: Lic. Enrique Aguirre Castro
Hoy martes 9 de enero, es un “Día Histórico”, porque en el parlamento debatirán y deben aprobar la Ley planteada por la Asociación Civil Transparencia, que prohíbe que sentenciados por terrorismo postulen a municipios y gobiernos regionales. La Ley también aplica para quienes cuentan con antecedentes, han sido sentenciados y/o comprometidos en delitos por terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado o corrupción de funcionarios, quienes no podrán ser candidatos a cargos de elección popular.
Resulta impostergable que la Ley sea aprobada hoy 09-01-2018, por el Pleno del Congreso para que mañana miércoles 10, sea promulgada por el Presidente, Pedro Pablo kuczynski, pues ya se vence el plazo para que el presidente constitucional, convoque a elecciones para el 7 de octubre del presente año a nivel municipal y regional. La norma dice que la convocatoria a elecciones municipales y regionales debe hacerla el presidente de la República, 270 días antes (es decir el 10-01-2018), cuando también debe publicarse en el diario oficial El Peruano.
Lo correcto e ideal es que las próximas “Elecciones Municipales y Regionales” y posteriormente las Generales para elegir al Presidente y los 130 Congresistas de la Nación, se lleven a cabo con una reforma electoral y será una forma de demostrar que desde sociedad civil, Poder Legislativo (el Congreso) y el Poder Ejecutivo (el Presidente, Pedro Pablo kuczynski), estamos luchando para desterrar y acabar con el Cáncer Social de la corrupción.
Respecto a normativa y legislación vigente para impedir que “corruptos” sigan postulando a “Cargos Públicos por Elección”, debemos recordar que el Congreso de la República ya aprobó el jueves 2 de noviembre 2017, la ley que prohíbe postular a cargos públicos a quienes hayan sido condenados por terrorismo, corrupción, narcotráfico y violación sexual. Esta normativa es parte de la reforma electoral de cara a los próximos comicios de autoridades locales y presidenciales. La ley modifica a la Ley Orgánica de Elecciones, la Ley de Elecciones Regionales y la Ley de Elecciones Municipales.
De acuerdo a la ley aprobada, el impedimento es aplicable para los casos citados incluso cuando las personas hubieran sido rehabilitadas. Así, por ejemplo, los terroristas que este han salido de prisión (como Maritza Garrido Lecca, no podrán postular). Además de los sentenciados por terrorismo, tampoco podrán postular a algún cargo de elección popular los condenados por tráfico ilícito de drogas y violación de la libertad sexual. Asimismo, funcionarios y servidores públicos condenados por delitos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios.
La Ley aprobada el 02-11-2017, ha recibido críticas, porque no se ha incluido el delito de “lavado de activos”, cando Fiscalía, contempla ese presunto ilícito, en investigaciones contra la ex candidata presidencial Keiko Fujimori y el ex presidente Alan García, así como contra el ex mandatario Ollanta Humala, quien cumple prisión preventiva.
Por eso la importancia que hoy 09-01-2018, el Parlamento Nacional apruebe la Ley a propuesta de la Asociación Transparencia, porque esta prohíbe que postulen a municipios y gobiernos regionales, no solamente los sentenciados, sino quienes cuentan con antecedentes y/o están comprometidos en delitos por terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado o corrupción de funcionarios, quienes no podrán ser candidatos a cargos de elección popular. Es nuestra Opinión.
Source: El Sol
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