Por: Lic. Enrique Aguirre Castro

Mediante Ley Nº 29571, se creó en el Perú, el “Libro de Reclamaciones” y además está en actual vigen­cia, el Reglamento del Código de Protección y Defensa del Consumidor; pero muy pocos solicitamos el “Libro de Reclamaciones”, para evitar maltratos que ocurren a diario en la administración o gestión pública, pero también en el sector privado. Y, más bien obtener atención adecuada, con buenas maneras y respeto; en todas las entidades del sector público, empresas privadas comerciales, bancos, financieras e institucio­nes prestadoras de toda clase de servicios estatales y/o particulares.

La norma legal dice que los establecimientos comer­ciales, colegios, universidades públicas y privadas, empresas prestadoras de servicios, (Seda Cusco, Electro Sur Este, de telecomunicaciones, del transpor­te público urbano, regional y nacional, aseguradoras, AFP, etcétera), deben tener su “Libro de Reclamacio­nes”, en forma física o virtual. También las entidades estatales (ESSALUD, dependencias de ministerios, gobiernos regionales, municipalidades, Poder Judicial, Ministerio Publico, la Policía, Universidades, etcétera y más etcéteras).

Todas las entidades públicas y privadas sin excepción, están en la obligación de tener un Libro de Reclama­ciones, pues de lo contrario pueden y deben ser san­cionadas con multas que están entre los 4,150 soles el equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria UIT y dependiendo del tamaño de la entidad o empresa hasta. 41,500 nuevos soles o el equivalente a 10 UIT.

En el Libro de reclamaciones podemos hacer constar nuestra insatisfacción o disconformidad sobre la aten­ción brindada, es decir nuestras quejas y reclamos sobre la atención, trato y servicios que nos dan en las entidades públicas como del sector privado.

Tenemos derecho a una respuesta a nuestros recla­mos o quejas registradas en el “Libro de Reclamacio­nes” en un plazo máximo de 30 días. Si no recibimos respuesta podemos presentar una denuncia ante la Comisión de Protección al Consumidor del Instituto de Defensa del Consumidor y la Propiedad Intelec­tual INDECOPI, que existe en el Cusco, para lograr mayor sanción pecuniaria (multas en soles contantes y sonantes), en el caso de las entidades privadas. En el sector público, no solo multas, sino sanciones administrativas contra los servidores que prestan o brindan mala atención a la población usuaria, hasta su destitución del cargo. Dependiendo de la gravedad del caso.

Los clientes y usuarios tenemos derecho a un buen trato que, debemos exigir a diario como clientes, con­sumidores y usuarios, gracias al “Libro de Reclama­ciones”, en el sector estatal y privado. Si queremos que no nos falten el respeto, debemos exigir que nos brinden el Libro de Reclamaciones para hacer constar nuestra queja o reclamo y pedir un cargo o copia para que se investigue y sancione a quien corresponda, por nuestra insatisfacción o disconformidad; porque el cliente y el usuario siempre tendremos la razón.

Total solo exigiremos nuestros derechos, pero la gran mayoría todavía no hemos hecho uso de este meca­nismo de Modernización del Estado y la nueva ges­tión pública, pero que también es de uso obligatorio del sector privado y, pondríamos en su sitio a todo mal empleado o funcionario que existen y que se han acostumbrado a tratarnos como a sus cholitos; para que se les sancione debidamente por esa negativa ac­titud. Ya lo saben, contra el maltrato al público, debe­mos hacernos respetar y debemos exigir el Libro de Reclamaciones. Es nuestra Opinión.


Source: El Sol