La Fiscalía pidió pidió de­jar sin efecto ciertos bene­ficios del decreto del pre­sidente Michel Temer por considerarlo inconstitucio­nal y violatorio de la sepa­ración de poderes

Brasilia. La corte suprema de Brasil suspendió este jueves un indulto presiden­cial de Navidad que podría haber dejado en libertad a políticos y empresarios con­denados por la megacausa de corrupción Lava Jato.

La decisión respondió a un pedido de la fiscal general, Raquel Dodge, quien pidió dejar sin efecto ciertos be­neficios de un decreto del presidente Michel Temer por considerarlo inconstitu­cional y violatorio de la se­paración de poderes.

“Concedo la medida caute­lar”, escribió la presidenta del Supremo Tribunal Fe­deral (STF), Cármen Lúcia, según un breve extracto publicado por su asesoría de prensa.

“El indulto no es ni puede ser un instrumento de im­punidad”, agregó.

El indulto había desatado una cascada de críticas y fue denunciado por funcio­narios de la justicia como un “black friday” de los crí­menes de cuello blanco.

La fiscal Dodge dijo en su presentación que los indul­tos datan del “absolutismo monárquico” y que benefi­ciarían “muy especialmente a un determinado grupo de condenados que practica­ron crímenes contra el pa­trimonio público, sin que haya razones humanitarias que lo justifiquen”.

La investigación “Lava Jato está en riesgo, así como todo el sistema de respon­sabilización criminal”, seña­ló en su presentación, a la que accedió la AFP.

Dodge fue elegida por el propio Temer para reempla­zar a Rodrigo Janot, fiscal que lo denunció dos veces por corrupción este año y lo convirtió en el primer man­datario en funciones en ser acusado de un delito común en toda la historia de Brasil.

Deltan Dallagnol, jefe del equipo a cargo de investi­gar las ramificaciones de Lava Jato en personas sin fueros políticos, lo conside­ró “un insulto” que esterili­zaba la delación premiada, figura a la que se acogieron decenas de delincuentes para confesar sus crímenes a cambio de una condena más suave.

El decreto de Temer con­mutaba la pena de los dete­nidos que hubieran cumpli­do un quinto de su condena por delitos sin “grave ame­naza o violencia contra la persona”, si no eran reinci­dentes, y a un tercio si ha­bía reiteración. Los indultos concedidos en 2016 exigían haber pasado al menos un cuarto de la pena tras las rejas, en el primer caso, y la mitad en el segundo.

En esa tipología entraban varios crímenes del caso que comenzó en la estatal Petrobras y luego se dise­minó en gran parte de la administración pública de Brasil, antes de extenderse a varios países de América Latina y África.


Source: El Sol