Son 168 hornos caseros que no contaban con instrumentos de gestión ambiental, certificación ambiental y licencia de funcionamiento

La Asociación Vida y Medio Ambiente “Causay­ninchis Quirinchascca” del Cusco, con la asesoría y defensa legal del Institu­to de Defensa Legal (IDL) y Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF), logra­ron la sentencia que or­dena frenar la contamina­ción de las ladrilleras en el distrito de San Jerónimo. Esto luego de dos años de haber presentado una de­manda de amparo.

La decisión del juzgado reconoce la vulneración del derecho fundamental a gozar de un medio am­biente adecuado y equi­librado para el desarrollo de la vida, debido a la emisión de gases y partí­culas que generan las la­drilleras.

También dispone que la Municipalidad Distrital San Jerónimo – Cusco realice la fiscalización al sector de las ladrilleras que funcionan sin licencia e inicie con el procedi­miento de clausura. Este mandato debe ser acata­do de forma inmediata.

La sentencia señala que son 168 hornos case­ros que no contaban con instrumentos de gestión ambiental, certificación ambiental y licencia de funcionamiento que ase­gure la compatibilidad del uso del lugar donde reali­zan dicha actividad.

También el Primer Juz­gado Civil de la Corte Su­perior de Justicia de Cusco ordenó al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) conti­nuar con la fiscalización a las ladrilleras informales y seguir con la verificación de las medidas preventi­vas dictadas.

Asimismo, indica que las personas dedicadas a la actividad ladrillera de­berán procurar el desen­volvimiento normal de sus actividades empleando métodos o procesos que no sean nocivos o perju­diciales para el medio am­biente.

A la Dirección Regional de Salud Cusco le ordena brindar atención médica adecuada y prioritaria a los afectados de San Jeró­nimo.

Si bien la decisión del juzgado es favorable, la Asociación Vida y Medio Ambiente “Causayninchis Quirinchascca” del Cus­co con apoyo del IDL y DHSF presentó un recur­so de apelación contra la sentencia por las si­guientes razones:

La sentencia solo orde­na fiscalizar y no ordena el cierre de las ladrilleras que vienen contaminan­do. Si los predios ladrille­ros cuentan o no con li­cencia de funcionamiento NO CAMBIA EN NADA LA MATRIZ PRODUCTORA DE CONTAMINACIÓN.

Se pide que aclaren la sentencia en cuanto a los Efectos de la Sentencia; fundamento 5.62, funda­mento 5.64.

Exigen se precise los plazos para el cumpli­miento de lo dispuesto, así como la ejecución anticipada de la senten­cia conforme establece el artículo 26 del Código Procesal Constitucional.

La entrada Sentencia que ordena frenar la contaminación de las ladrilleras se debe cumplir inmediatamente <strong></strong> se publicó primero en Diario El Sol del Cusco.


Source: RPP