La entidad recaudadora ha solicitado formalmente que se anule la sentencia que condonaría más de S/12.000 millones en obligaciones tributarias

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administra­ción Tributaria (Sunat) ha solicitado al Tribunal Constitucional (TC) declarar nula la sentencia que responde a la demanda de amparo interpuesta por la empresa Maxco S.A. De acuerdo a la entidad, se ha generado un precedente para que las grandes empresas dejen de pagar más de S/12.000 millones por intere­ses tributarios impagos.

“Con esa decisión, los actuales integrantes del TC beneficia­ron indebidamente a las grandes empresas que, en conjunto, adeudan al Estado más de S/25.000 millones en impuestos, pues, por aquella decisión, su deuda se reduciría en más del 50%, tal como lo confirman diversos especialistas”, señaló la entidad como parte de los fundamentos de su pedido.

La empresa Maxco demandó a la Sunat y al Tribunal Fiscal (TF) solicitando que no se le apliquen los intereses moratorios que se devengaron por la falta de pago de una deuda tributaria, luego de vencido el plazo legal que el TF tenía para resolver. El TC declaró improcedente la demanda; sin embargo, estable­ció con carácter de precedente constitucional vinculante que, a partir de la publicación de esa sentencia, no deben aplicarse a ningún deudor tributario los intereses moratorios previstos en el artículo 33° del Código Tributario luego de vencidos los plazos a nivel Sunat, TF y/o Poder Judicial.

Llama la atención de la entidad que ninguna otra empresa formó parte de este proceso ni solicitó el beneficio otorgado por el TC, así como tampoco se le hizo ninguna consulta previa, por lo que antes de una resolución al pedido de nulidad han solicitado el uso de la palabra.

Una de las empresas que más se beneficiaría de esta decisión sería Telefónica del Perú, que a mayo del 2022 registra una deuda de S/5.450 millones 903.223 y, en enero de este año, la Corte Suprema dio a conocer que la empresa debía pagar alrededor de S/3.000 millones al Estado referidos al Impuesto a la Renta (IR) de los años 2000 y 2001.

De acuerdo con la Sunat, el TC no ha considerado que las grandes empresas dejan pasar los plazos legales sin queja por­que mientras su deuda tributaria se encuentra impugnada no pueden ser cobrada. Mientras tanto utilizan el importe de la deuda para generar un mayor provecho económico en su be­neficio, a tal punto que la rentabilidad generada por todos esos años es mayor a lo adeudado al Estado. En esa línea, el exjefe de la Sunat, Luis Alberto Arias, opinó que en un litigio tributario el tiempo que toma en dilucidarse el caso depende de las accio­nes de las dos partes intervinientes en el litigio y no solo de las entidades del Estado involucradas.

“Hay más de 100 empresas con deudas tributarias en contro­versia con Sunat que se beneficiarían retroactivamente con la condonación de intereses, de acuerdo con la sentencia del TC”.

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Source: RPP